Contratación de Obra
En la contratación de obra lo más habitual es la contratación por precios unitarios que se presenta como una modalidad de contrato ampliamente aceptada, ya que establece un mejor equilibrio entre las obligaciones y derechos de las partes con un menor margen de riesgo para las mismas; sin embargo requiere algunas condiciones que pueden restringir su aplicación, como la necesidad de preparar previamente y con la debida precisión los planos, detalles, especificaciones y computos de las obras, lo cual no siempre es posible o no resulta práctico en algunos casos.
Por tanto, en el pliego de especificaciones se deben precisar para cada ítem, los materiales de construcción, la unidad de medida, los procedimientos de ejecución, medición y protección que fueren del caso, fijando además las pautas relativas a cambios en las especificaciones y cálculo de precios unitarios de las obras extras que pueden presentarse.
De lo anterior podemos concluir que para poder por parte del contratante tener la certeza de que quien va ha contratar, realmente ejecutará lo que está deseando, deberá entonces contar con un proyecto arquitectónico detallado y completo, que le garantice la correcta elaboración de un presupuesto real de la obra y que le pueda servir como elemento comparativo y útil a la hora de decidiirse a contratar de acuerdo con las propuestas recibidas, así como poder tener una programación del tiempo de ejecución y disposición de los recursos, que le permitirán de disponer de las partidas económicas sin ningún riesgo de sobrecostos que puedan malograr la obra.
SERVICIOS TÉCNICOS DE INGENIERÍA
Administración Delegada
En un contrato por administración delegada el constructor quien no es en realidad un contratista, aunque de ordinario así se le llame, ya que no actúa por su cuenta y riesgo sino por mandato del propietario y por cuenta y riesgo de éste, se compromete a la dirección técnica y administrativa de la obra, suscribiendo en su nombre los contratos de trabajo, así como los de suministro de materiales y elementos para la misma.
El contratista entonces en realidad es un mandatario que además se encarga del correcto manejo de los fondos que el dueño o mandante le dispondrá para cubrir los gastos de la construcción .
Este tipo de contrato es ampliamente recomendable en los casos de remodelaciones, rehabilitaciones, reformas, así como en los de construcción de obra nueva, cuya magnitud o complejidad no hagan factible, o práctico definir totalmente los planos, los detalles, las especificaciones y/o los computos de obra; cuyo caso es el de la mayoría de casas,chalets y obras menores que se van definiendo sobre la marcha,o que en definitiva no se cubren en detalle en un proyecto arqutectónico general, que es qel comunmente usado para petición de licencias de obra.